Seguro de Responsabilidad Civil para abogados: ¿Es obligatorio?

Los abogados y abogadas desarrollan una actividad profesional especialmente delicada; por eso es tan importante que estén bien asegurados. No obstante, pueden surgir dudas sobre las características o la obligatoriedad de distintos tipos de seguro. Si te dedicas a la abogacía, es probable que te interese averiguar si el seguro de responsabilidad civil para abogados es obligatorio y qué coberturas tiene. Te lo contamos a continuación.

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Claves sobre el Seguro de Responsabilidad Civil para abogados


Como sabrás, los abogados y abogadas están sujetos a responsabilidad civil. Por lo tanto, en el ejercicio de su profesión pueden verse expuestos a demandas por parte de clientes que sientan que sus decisiones o actuaciones profesionales les han perjudicado en el ámbito económico, material o personal.

Un seguro de responsabilidad civil sirve para cubrir los riesgos económicos asociados a estas situaciones. En concreto, estos seguros cubren la responsabilidad civil que pueda derivarse por los daños y perjuicios causados involuntariamente a terceros debido a la actividad profesional del abogado o abogada.

No obstante, es habitual que surjan dudas: ¿Se trata de un seguro obligatorio para abogados? ¿Qué coberturas concretas ofrece? En los siguientes apartados encontrarás la respuesta a estos interrogantes.

¿Es obligatorio contratar un Seguro de Responsabilidad Civil siendo abogado?


Según el Estatuto de la Abogacía, aprobado en marzo de 2021 y en vigor desde el 1 de julio del mismo año, la falta de contratación de un seguro constituye una infracción grave cuando dicha obligación esté prevista por ley para cubrir las responsabilidades derivadas del ejercicio profesional.

De la misma forma, en el caso de las sociedades profesionales, la falta de un seguro en vigor o garantía equivalente para cubrir la responsabilidad derivada del ejercicio de sus actividades constituye una infracción muy grave cuando la obligación de contar con esa garantía esté prevista por ley.

Por otro lado, en el Código Deontológico se establece la posibilidad de exigir a los abogados (en norma con rango de ley) la suscripción de un seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente para cubrir los daños que pudieran provocar en la prestación de sus servicios, cuando exista un riesgo directo y concreto para la salud o la seguridad financiera del destinatario.

La garantía exigida en estos casos deberá ser proporcionada a la naturaleza y alcance de los riesgos que existan.

De igual manera, en este documento se indica que la contratación del seguro de responsabilidad civil es obligatoria en el caso de las sociedades profesionales, así como en el resto de casos que prevea la ley.

Es importante tener en cuenta que, independientemente de la obligatoriedad de contratarlo, el seguro de responsabilidad civil presenta múltiples ventajas para los abogados: les ayuda a proteger su patrimonio empresarial y personal en caso de tener que hacer frente a alguna indemnización y transmite una imagen de seriedad a los clientes.
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Coberturas del Seguro de Responsabilidad Civil para abogados


Normalmente es posible distinguir entre seguros de Responsabilidad Civil General y seguros de Responsabilidad Civil Profesional, según el tipo de daño provocado.
La Responsabilidad Civil General sirve para cubrir al abogado por daños materiales o corporales y perjuicios causados a terceros, cuando estos no se derivan de negligencias o errores cometidos en el ejercicio de su actividad profesional (como, por ejemplo, si sufren una caída en el despacho del abogado).

Por otro lado, la Responsabilidad Civil Profesional cubre daños económicos, patrimoniales o físicos que sí que se derivan de errores cometidos por el abogado (por omisión o negligencia) en el ejercicio de su profesión.
En relación con todo esto, habría que señalar que algunas coberturas habituales en los seguros para abogados son las siguientes:
  • Responsabilidad civil de explotación, para cubrir posibles indemnizaciones.
  • Defensa jurídica (hasta un capital máximo).
  • Responsabilidad civil patronal, frente a posibles reclamaciones realizadas por los trabajadores.
  • Responsabilidad civil locativa, para cubrir posibles daños en el inmueble que ocupe el asegurado en régimen de alquiler.
  • Protección de datos.
Por otro lado, también es posible que se incluyan otras coberturas relacionadas con la reclamación de daños sufridos por el asegurado o la defensa penal del asegurado.

Para terminar, es importante indicar que los Colegios de Abogados suelen negociar pólizas con las compañías de seguros para asegurar a los profesionales de forma colectiva. No obstante, esos seguros colectivos suelen tener limitaciones, por eso es importante informarse bien de lo que se incluye en cada caso.

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